Podrá optar a los premios el alumnado que reúna las siguientes condiciones:
1. El alumnado propuesto por el centro educativo debe estar empadronado en Argamasilla de Alba en el momento de la publicación de la presente convocatoria. La Concejalía de Cultura, Turismo, Educación y Protocolo, como órgano instructor, comprobará de oficio el empadronamiento del solicitante a través del Padrón Municipal de Habitantes, salvo que en la solicitud de la ayuda figure que no se autoriza el acceso, en cuyo caso junto con la solicitud deberá presentarse el certificado de empadronamiento del solicitante.
2. Haber cursado durante el año académico 2024/25, en el régimen ordinario en cualquiera de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Argamasilla de Alba:
a. 6º curso de Educación Primaria.
b. 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. 2º curso de Formación Profesional Grado Básico.
d. 2º Bachillerato.
3. Estar propuesto por el equipo docente para la expedición del título de Primaria, de Graduado en Educación Secundaria, Graduado en Formación Profesional Grado Básico o Bachillerato.
4. El alumnado que sea candidato a los mencionados premios deberá merecer un especial reconocimiento por la dedicación y esfuerzo manifestado a lo largo de la etapa escolar, el rendimiento académico demostrado y el comportamiento positivo y respetuoso con toda la comunidad educativa, por lo que se hacen merecedores de optar a esta modalidad de premios.
5. Aceptación de estas bases.
6. El premiado no debe estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como no tener deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Argamasilla de Alba.
Dicho requisito se acreditará mediante presentación de declaración responsable de no estar incurso en dichos supuestos, según modelo establecido al efecto. No obstante, el servicio instructor de la convocatoria comprobará de oficio a través de la Recaudación Municipal, el cumplimiento del requisito de estar al corriente con sus obligaciones tributarias, requisito que deberá mantenerse con anterioridad al cobro de la ayuda.
