La Policía Local informa sobre la salida de los pequeños de la casa durante el estado de alarma

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Nota informativa de la Policía Local de Argamasilla de Alba sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos de la población infantil durante el estado de alarma por COVID-19

Hoy, día 25 de abril, se ha publicado en el BOE una modificación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma en todo el territorio nacional por COVID-19 y una Orden del Ministerio de Sanidad que regula las condiciones en que deben desarrollarse los desplazamientos de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Al amparo de los apartados e, g y h del art. 7.1 del RD 463/2020, a partir de mañana día 26 de abril, se permitirá a los niños y niñas menores de 14 años dar un paseo diario con arreglo a las siguientes normas:

DESPLAZAMIENTOS PERMITIDOS:

-La circulación de los menores queda limitada a la realización de un paseo diario (podrá ser a pie, en bicicleta, etc.).

-Los niños y niñas deberán ir acompañados por un adulto responsable.

-El paseo deberá realizarse entre las 09.00 y las 21:00 horas y tendrá como máximo una hora de duración.

-Ese paseo podrá realizarse a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor.

-No podrán hacer uso de este paseo, los niños y niñas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19.

REQUISITOS PARA EVITAR EL CONTAGIO:

-El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas.

-Durante el paseo diario deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.

-Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

LUGARES PERMITIDOS:

-Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor.

-No estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas. En este sentido cabe apuntar que todos los espacios recreativos y de juegos infantiles de los parques de la localidad estarán cerrados o precintados estando prohibida su utilización.

ADULTO RESPONSABLE DEL MENOR

-Se entiende por adulto responsable aquella persona mayor de edad que conviva en el mismo domicilio con el niño o niña actualmente, o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

-Es responsabilidad del adulto acompañante garantizar que se cumplen durante la realización del paseo diario los requisitos y precauciones para evitar para evitar el contagio.

El incumplimiento de las anteriores normas podrá ser motivo de sanción con multas por importe mínimo de 601 euros, de la cual será responsable el adulto encargado del menor.

Por último señalar que aparte de este paseo diario y también a partir de mañana a día 26 de abril, los menores de 14 años también podrán acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando este realice alguna de las actividades y desplazamientos que actualmente están permitidos.

Finalmente se apela a la responsabilidad de todos con el fin de llevar a cabo los desplazamientos y actividades detallados anteriormente ajustándose a las normas indicadas, todo ello con el objetivo último de evitar contagios y prevenir situaciones de riesgo sanitario que puedan afectar a la población y en particular a nuestros mayores y personas de especial vulnerabilidad.