La Policía Local informa sobre las restricciones de la libertad de circulación

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Relación a las restricciones de la libertad de circulación y uso de vehículos a fecha de 27 de marzo

La Policía Local de Argamasilla de Alba, ante las dudas que le han hecho llegar algunos vecinos y vecinas, informa que, en relación a las restricciones de la libertad de circulación y uso de vehículos, después de las diversas modificaciones y correcciones que sobre esta cuestión se han producido, a fecha de 27 de marzo hay que tener en cuenta lo siguiente:

Los desplazamientos deberán ser INDIVIDUALES y siempre que lo sea por alguna de las circunstancias del art. 7 del RD 463/2020 por el que se declara el estado de Alarma, a saber:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de dichas actividades o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

Dentro de esos supuestos excepcionales en que se permite la circulación de personas, los desplazamientos al mismo destino de más de una persona solo estarán autorizados cuando se acompañe a una persona mayor, menor de edad o persona dependiente o por otra CAUSA JUSTIFICADA que habrá de ser apreciada por los agentes de la autoridad.

Cuando el desplazamiento a un mismo destino de más de una persona esté justificado y se realice en un vehículo de hasta 9 plazas incluido el conductor, únicamente podrá viajar un ocupante por cada fila de asientos, en diagonal, lo más alejados uno de otros adoptando las medidas de seguridad. Es decir en un turismo de 5 plazas (2 delanteras y tres traseras) podrían viajar dos personas, el conductor y un pasajero en el asiento trasero en el lado contrario al del conductor. En un vehículo de nueve plazas con tres filas de asientos podrían viajar tres personas, un ocupante en cada fila lo más separados posible.

Por lo tanto y a modo de ejemplo, si necesitamos ir al supermercado, a la farmacia o a cualquier otro establecimiento cuya apertura esté autorizada, únicamente lo podrá hacer un miembro la unidad familiar de forma individual, salvo que concurran las circunstancias que acabamos de exponer y que tendrán que acreditarse.

Por otra parte se recomienda a los vecinos que lleven consigo aquella documentación que en su caso permita justificar ante los agentes de la autoridad el motivo de su desplazamiento (certificados de empresa en caso de trabajadores, documentación acreditativa de la condición de trabajador autónomo, documentación médica, tickets de compra, etc). Como ya se ha tenido oportunidad de expresar, la colaboración ciudadana viene siendo ejemplar, viéndose tan solo salpicada por algunos comportamientos insolidarios, egoístas e irresponsables de algunos ciudadanos. Se prestará especial atención por ello, a aquellos casos en que se pretenda burlar el cumplimiento de la norma (paseos de animales domésticos a gran distancia del domicilio, compras mínimas y repetitivas de comestibles o de un determinado producto en un mismo día, etc). Hasta la fecha por parte del Servicio de Policía Local se han formulado 28 denuncias por este tipo de infracciones con una cuantía mínima de 600 euros.

A los propietarios de animales domésticos se les recuerda que los paseos de sus mascotas han de ser cortos, también realizados por una sola persona (salvo las excepciones anteriormente expuestas) y por el tiempo estrictamente necesario para efectuar sus necesidades fisiológicas. Las personas que tengan que atender animales domésticos en fincas u otros lugares, pueden hacerlo. Se recomienda que porten cualquier documentación (pasaporte sanitario de los animales, etc.) que permita acreditar dicha circunstancia.

Durante los días en que se mantenga el estado de alarma tanto los agentes de la Policía Local como de la Guardia Civil realizarán controles en las vías públicas para verificar el cumplimiento del confinamiento en el domicilio. Se ruega a los vecinos su comprensión y máxima colaboración, ya que es posible que en más de una ocasión puedan ser requeridos por los agentes en el ejercicio de sus funciones de control y vigilancia, al tiempo que deben ser conscientes de que estas actuaciones solo persiguen como último objetivo reducir el número de contagios y velar por la salud de todos, en especial de los más vulnerables.

Prórroga de los permisos de conducir.

Se han trasladado por parte de los vecinos distintas consultas relativas a la pérdida de vigencia del permiso de conducir y su renovación. El Ministerio del Interior ha dictado una orden por la que se prorroga durante 60 días la vigencia de los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma.

La orden señala que “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.

Prórroga del Documento Nacional de Identidad.

De igual modo, la validez del documento nacional de identidad de las personas mayores de edad titulares de un documento que caduque desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, quedará prorrogada por un año, hasta el día trece de marzo de dos mil veintiuno.

Como siempre trataremos de atender cualquier consulta o duda que nos hagan llegar.

Pueden contactar con nosotros en el 926521004 y 696970413.