Aprobación definitiva de derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen

·

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público de la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen, según anuncio inserto en el BOP nº 42, de fecha 3 de marzo de 2026, tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento, a efectos de que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar las reclamaciones que hubieran estimado oportunas, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario de fecha 27 de febrero de 2026, aprobando la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen (nº 36).

Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.