Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar los gastos corrientes de residencia, matrícula y material para el curso escolar 2024/2025 de aquellos estudiantes que reúnan las condiciones señaladas en la base tercera.
Las ayudas a conceder se distribuirán de la siguiente forma:
• Ayudas generales de hasta 400 euros.
• Ayudas especiales de hasta 100 euros.
Las ayudas podrán ser compatibles con las que pudiera otorgar otros organismos, sin que en ningún caso, la suma total de las ayudas recibidas pueda superar el coste real de los gastos realizados, siendo requisito previo e indispensable para solicitar esta ayuda, haber solicitado beca al Ministerio de Educación. A estos efectos, no computarán las cantidades recibidas como ayudas o becas de matrícula.
Podrán solicitar estas ayudas cualquier vecino de Argamasilla de Alba que se encuentre cursando estudios de alguna de las enseñanzas del sistema universitario español adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado, o equivalentes.
Los requisitos que deben cumplir los beneficiarios son los siguientes:
1) El solicitante debe estar empadronado en Argamasilla de Alba en el momento de la publicación de la presente convocatoria. La Concejalía de Educación, como órgano instructor, comprobará de oficio el empadronamiento del solicitante a través del Padrón Municipal de Habitantes, salvo que en la solicitud de la ayuda figure que no se autoriza el acceso, en cuyo caso junto con la solicitud deberá presentarse el certificado de empadronamiento del solicitante.
2) Estar matriculado en enseñanzas de régimen presencial.
3) El solicitante no debe estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como no tener deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Argamasilla de Alba.
4) El nivel de renta familiar de los solicitantes se valorará, en función del número de miembros de la familia y los ingresos de los miembros computables de ella según lo que a continuación se indica:
Familias de un miembro 22.000 €
Familias de dos miembros 33.000 €
Familias de tres miembros 42.000 €
Familias de cuatro miembros 46.000 €
Familias de cinco miembros 51.000 €
Familias de seis miembros 54.000 €
Familias de siete miembros 59.000 €
Familias de ocho miembros 62.000 €
A partir del octavo miembro se añaden 3.500 euros por cada nuevo miembro computable en la unidad familiar.
5) Los requisitos académicos para obtener la Ayuda serán los siguientes:
1) Para matrícula de primer curso:
Haber obtenido una nota de acceso (según la fórmula 0,6 NMB + 0,4 EBAU) o una nota de acceso de CFGS u otra prueba de acceso, de al menos 5,00 puntos.
2) Para los demás cursos:
Al menos 4 puntos de nota media en el curso anterior, siempre y cuando el número de créditos no superados no exceda del 40%.
6) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda
7) Estar matriculado en un número mínimo de créditos o asignaturas, en el curso 2024/2025, que varía según los estudios de que se trate y que se indican a continuación:
• Primer curso: Todos los créditos o asignaturas (troncales y obligatorias) que integren el primer curso, según el plan de estudios vigente.
• Resto de cursos: El número mínimo de créditos o asignaturas de la carrera en las que deberá formalizarse la matrícula será el número entero que resulte de dividir el total de los créditos o asignaturas de que conste el plan de estudios entre el número de años que la componen. En el caso de los créditos se exceptúan los de libre elección a la hora de considerar el total de créditos que integran el plan de estudios.
• En el caso de finalización de estudios de Grado: Al menos 60 créditos.
8) Haber solicitado la beca del Ministerio de Educación.
9) Podrán ser candidatos a las Ayudas Especiales, los solicitantes que no puedan acceder a las Ayudas Generales por no cumplir alguna de las condiciones señaladas en los puntos 2º, 5º o 7º anteriormente expresados. Así mismo, en estas ayudas especiales se podrán incluir aquellos alumnos que estén matriculados en alguna enseñanza de máster que sea completamente presencial excluyendo estudios complementos de formación, créditos parciales, proyecto de fin de grado y curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
El plazo de presentación de las solicitudes junto con la documentación finalizará el próximo día 5 de diciembre, inclusive.
